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Derechos de los inmigrantes en tiempos de COVID-19

Un número sin precedentes de personas necesita apoyo económico y de otro tipo durante la pandemia de COVID-19. Los gobiernos federal y estatal han promulgado una serie de programas de emergencia para complementar el apoyo de la red de seguridad social existente. Los inmigrantes necesitan respuestas a dos preguntas clave:

  • ¿Mi estatus migratorio afecta mi elegibilidad para recibir ayuda?
  • ¿Participar afectará las oportunidades de obtener una Tarjeta Verde u otros beneficios?

Este es un breve resumen de los principales derechos y beneficios a los que pueden acceder los inmigrantes, independientemente de su estatus migratorio.

Derechos constitucionales

Todas las personas en los Estados Unidos tienen derechos constitucionales protegidos. El estatus migratorio no afecta estos derechos:

  • Derecho a permanecer en silencio
  • Derecho a rechazar un registro sin orden judicial
  • Derecho a un abogado

Todos deben llevar una "Tarjeta roja" de Conozca sus derechos y saber cómo usarla si se encuentran con oficiales de ICE.

Medicaid de emergencia

  • Las pruebas de COVID-19 y la atención médica están cubiertas
  • Estado migratorio no relevante

Asistencia alimentaria de emergencia para niños.

  • Programa de Transferencia Electrónica de Beneficios durante la Pandemia (P-EBT)
    • Todas las familias con un niño inscrito en un programa de almuerzo escolar gratuito o de precio reducido son elegibles
  • Estado migratorio no relevante

Protecciones para inquilinos temporales

  • Decreto de emergencia - protección temporal contra el desalojo por falta de pago de la renta durante abril-mayo-junio
  • Estado migratorio no relevante

Protecciones de los trabajadores

  • Seguro de Desempleo, PUA (autónomos), pagos de estímulo económico
    • Debe tener SSN y autorización de trabajo para ser elegible
  • El estatus migratorio no es relevante, PERO las familias de estatus mixto están excluidas de los pagos de estímulo

Censo de EE. UU. 2020

  • Toda persona tiene derecho a ser contada – en beneficio de la comunidad
  • “Todas las respuestas del Censo 2020 se mantienen confidenciales y privadas. Es la ley. Sus respuestas no pueden ser compartidas y no pueden ser utilizadas en su contra por ninguna agencia gubernamental o tribunal de ninguna manera”, según la Oficina del Censo.
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